Novedades de Extranjería 2026: instrucciones y criterios de gestión que debes conocer

Por kbtilunion@gmail.com

Novedades de Extranjería 2026: instrucciones y criterios de gestión que debes conocer

Durante 2026 el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha publicado nuevas instrucciones y criterios de gestión que pueden afectar a determinados procedimientos de extranjería.

Principales publicaciones de 2026

  • SEM 1/2026: transición desde determinadas autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones humanitarias hacia otras autorizaciones.
  • SEM 2/2026: transición desde la protección temporal al amparo de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 hacia otras autorizaciones.
  • Criterio de Gestión 1/2026: interpretación del artículo 128.3 del Reglamento de Extranjería en casos de enfermedad grave sobrevenida cuando la persona afectada es menor.
  • Criterio de Gestión 2/2026: autorización de residencia para investigación nacional y su aplicación a personas extranjeras que cursen estudios de doctorado.
  • Criterio interpretativo de 23/07/2026: vigencia de la habilitación provisional prevista en las disposiciones adicionales vigésima y vigesimoprimera del Reglamento de Extranjería.

Por qué conviene revisar estas publicaciones

Una guía antigua puede no reflejar una instrucción o criterio posterior. Por eso, antes de presentar un expediente conviene comprobar la normativa consolidada, las instrucciones y los criterios oficiales que correspondan al procedimiento.

Fuentes oficiales

Instrucciones de Migraciones

Criterios de Gestión de Migraciones

Normativa e instrucciones

Preguntas frecuentes

¿Un criterio de gestión sustituye al Reglamento de Extranjería?

No. Es un criterio administrativo de interpretación o aplicación que debe analizarse junto con la normativa vigente.

¿Todas las novedades afectan a cualquier extranjero?

No. Cada instrucción o criterio tiene un ámbito concreto.

Última revisión MigraFácil: 06/10/2026.

Información meramente informativa. Consulta siempre la fuente oficial antes de realizar un trámite.

La información publicada es orientativa y puede cambiar. Para casos particulares, consulta las fuentes oficiales o un profesional cualificado.

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